Micelio
Auto24 de marzo de 2022

A- de 2022

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Luis Hernando Orjuela Chaparro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda De Inconstitucionalidad
  • Improcedencia por cuanto el recurso de súplica no presenta argumentos que desvirtúen las razones constitutivas del rechazo de la demanda
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

La demanda se rechazó por la indebida subsanación.

La Sala Plena de la Corporación encontró que la motivación del recurso no estaba encaminada a controvertir las consideraciones que condujeron al despacho sustanciador a rechazar la demanda, ni expuso razones que evidenciara cual fue el yerro en que incurrió el auto cuestionado, sino que se limitó a referir argumentos similares a los expuestos inicialmente.

Teniendo en cuenta la falta de carga de motivación requerida, se RECHAZÓ el recurso de súplica impetrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. RECHAZAR el recurso de súplica presentado por el ciudadano Luis Hernando Orjuela contra el auto del 25 de febrero de 2022 por medio del cual se rechazó la demanda correspondiente al expediente D-14651, contentivo de la acción pública de inconstitucionalidad formulada contra el artículo 9 (parcial) de la Ley 797 de 2003.
  2. Segundo. Proceda la Secretaría General de la Corte Constitucional a comunicar el contenido de esta decisión al recurrente, indicándole que contra esta no procede recurso alguno.
  3. Tercero. En firme esta decisión, archívese el expediente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.